martes, 15 de septiembre de 2009

REGULACION PERUANA DE ENSAYOS CLINICOS: Cambios 2009




REGULACION PERUANA DE ENSAYOS CLINICOS: Cambios 2009

Queridos amigos, tenemos interesantes novedades en la Regulación de ensayos clínicos peruana:

Como sabemos Perú no es ajeno al desarrollo de la investigación clínica, actualmente se registra en el país un incremento de los ensayos clínicos. Hasta el día de hoy (15setiembre 2009) tenemos un total de 1019 ensayos autorizados acumulados por el ente regulador peruano desde 1995 a Setiembre 2009.

En la página de clinicaltrial que cada día actualiza sus datos cuyo mapa adjunto observamos: (Found 409 studies with search of Peru)

Perú es considerado el quinto país en sudamérica con más protocolos de investigación clínica y la gran mayoría corresponden a patrocinadores de la industria farmacéutica internacional y su actividad es regulada por el gobierno a través del INS. En el año 2006 se reglamentó la investigación clínica en seres humanos, con la aprobación del primer Reglamento de Ensayos Clínicos y el 08 de junio de 2007 se aprobó su modificatoria, versión actualmente vigente en Perú.

Ahora bien, a mediados de este año se ha propuesto un nuevo manual que propone algunos cambios, que iremos analizando poco a poco.

Hoy me gustaría enumerar algunos de estos cambios:

1. Propone que Investigadores Principales y coinvestigadores tengan especialidad clínica adecuada para el Protocolo de investigación.

2. Obligación de diagnosticar y/o resolver daños causados por un Evento Adverso Serio (EAS) en el Perú o en el extranjero además de npotificacción al INS.

3. Obligación de seguimiento de los recién nacidos hasta los dos años edad si provienen de madres o padres que intervinieron en una investigación.

4.. Autorización limitada (por 2 años) para nuevos centros de investigación y nuevos Comités Institucionales de ética en Investigación.

5. Inspección previa a la autorización de los centros de investigación.

6. Inspección previa a la autorización de cada comité de ética de investigación.

7. Evidencia de capacitación constante y actualizada de los investigadores y equipo en Buenas Prácticas Clínicas y ética de la investigación.

8. Propone un límite en el número de protocolos por investigador principal: No puede un investigador tener más de 10 ensayos activos dentro de los cuales tenga 3 ó más estudios activos de investigación con fases tempranas (Fases I y II).


Como vemos, son varios los cambios, algunos saludables y otros controversiales ya que causarán revuelo en nuestros investigadores, centros, comités y sponsors internacionales.

En fin, la idea es proteger a los sujetos de estudio desde el ente regulador.

Saludos


Agueda Muñoz del Carpio Toia